La Corte Suprema ratificó resolución adoptada por la Corte de
Apelaciones de Talca, que acogió recurso de protección presentado por vecinos de
la ciudad de Curicó, quienes se ven afectados por la emanación de humo, malos
olores y la evacuación de residuos líquidos y sólidos de la planta, en contra
de la curtiembre Rufino Melero S.A., ubicada en el sector de Maquehua, por
contaminación ambiental.
"Se encuentra amagado el derecho a la vida e integridad física y
psíquica de los recurrentes, que la Carta Fundamental les asegura, en atención
a que vivir invadidos o rodeados de malos olores u olores molestos, aunque no
sea de manera estable y persistente, por un comportamiento que se juzga
arbitrario, no se condice con la adecuada calidad de vida que corresponde a
todas las personas ni con la dignidad y tranquilidad que ellas merecen y que
debe serles respetada, sin que sea óbice para lo anterior, el hecho de que ello
ocurra en una zona industrial que permite actividades productivas inofensivas y
molestas, por cuanto queda de manifiesto que el atentado con malos olores u
olores molestos, excede del límite de estos dos últimos conceptos. Con todo,
cabe tener en cuenta lo prevenido en los artículos 89 del Código Sanitario, 1 y
2 letras c) y d) de la Ley 19.300. Por tanto, es dable aceptar lo impetrado por
los actores, pero sólo en los términos que se indica en lo resolutivo de este
fallo", sostiene la sentencia del tribunal de alzada.
Resolución que agrega: "SE ACOGE el presente recurso de
protección, sólo en cuanto se dispone que la Curtiembre Rufino Melero S.A.,
deberá adecuar su actividad para evitar que olores molestos o malos olores sean
expedidos de la industria, por cualquier medio, e impedir que alcancen a ser
percibidos por los vecinos, debiendo abstenerse de toda operación que produzca
efectos contrarios a ello, para lo cual deberá permanecer fiscalizada por la
Superintendencia del Medio Ambiente, quien deberá informar a esta Corte cada
seis meses, sin costas del recurso".
SENTENCIAS CORTE SUPREMA Y CORTE DE TALCA
Fuente: Portal del Poder Judicial de Chile.
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